¿Preparado para el cierre de año y la determinación del impuesto diferido?
Si tienes dudas respecto al cálculo de esta partida y el impacto que tiene en la determinación de los resultados y la carga tributaria del contribuyente, en Actualícese te ayudamos a encontrar todas las respuestas.
Hoy finaliza la presentación del formato 2516, correspondiente a la conciliación fiscal del año gravable 2017. A continuación, te explicamos las principales diferencias que se debieron reportar para dar cumplimiento a esta obligación tributaria.
Las organizaciones tendrán que enfrentarse al cierre de año 2018, y con ello la depuración de las cifras contables y fiscales se convierte en un elemento esencial para la presentación de los estados financieros de fin de año.
La obligatoriedad de la presentación del reporte de conciliación fiscal dependerá del valor de los ingresos brutos fiscales del contribuyente, constituidos por todos aquellos ingresos ordinarios y extraordinarios, incluidos los recibidos por concepto de ganancias ocasionales. A través del Decreto 1998 de 2017 se reglamentó el artículo 772 -1 del ET, mediante el cual se establecen los lineamientos que regirán el procedimiento de […]
El control de las diferencias surgidas a partir de la aplicación de los marcos normativos contables y fiscales implican que los contribuyentes reconozcan el impuesto diferido, pues dichas diferencias también tienen efectos impositivos.
El 2 de octubre de 2018 la Dian publicó el prevalidador del formato 2516 para el reporte de conciliación fiscal correspondiente al año gravable 2017, cuya presentación deberá hacerse entre el 24 de octubre y el 7 de noviembre de 2018.
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