En su fallo de marzo 12 de 2012, el expediente 17180 indicó que si la declaración de renta queda en firme en corto tiempo, a partir de ese momento no es posible que el contribuyente pueda renunciar al beneficio y proceder a efectuarle correcciones voluntarias.
Las personas jurídicas a quienes su declaración de renta vence en abril de 2012, sólo estarán obligadas a presentarla virtualmente si antes de diciembre 9 de 2011 ya estaban obligados a declarar virtualmente. Para las personas naturales, si vence en agosto de 2012 y para esa fecha ya empezaría a tener aplicación la Resolución 12761, la presentarían virtualmente si les aplica dicha resolución y sin importar que decidan madrugar y declarar antes de agosto.
Con la nueva versión del artículo 689-1 del Estatuto, luego de ser modificado por la Ley 1430 de 2010, quienes deseen el beneficio en solo 6 meses, tendrán que demostrar que su impuesto neto de renta del 2011 creció en comparación con el de 2010, en por lo menos un 44,76%.
De acuerdo con los artículos 11,12 y 14 del decreto 4907 de diciembre 26 de 2011, las declaraciones de renta por el año gravable 2011 que presentarán las personas naturales y jurídicas solo podrán empezar a presentarse en forma válida desde el 1º de marzo de 2012 en adelante; lo anterior implica que aunque se desee presentarla para aprovechar el beneficio de auditoría no le será recibida en bancos.
En esta segunda parte del Resumen de Normatividad Tributaria Destacada 2011, el Dr. Guevara continúa con el repaso de las modificaciones introducidas a las normas sustantivas del Impuesto de Renta a través de leyes del año 2010 y que comenzaban a tener aplicación en el presente ejercicio 2011.
El objetivo es estimular a los omisos para que se pongan al día. Para lograr lo anterior, esas declaraciones extemporáneas se deberán presentar en las mismas fechas en que se venzan las declaraciones de 2011 y 2012.
Así lo contempla uno de los incisos con que quedó la norma del artículo 689-1 del Estatuto luego de ser modificado con la Ley 1430 de 2010. El objetivo es estimular a que los omisos se pongan al día voluntariamente. Para ello, esas declaraciones extemporáneas se deberán presentar en las mismas fechas en que se venzan las declaraciones de 2011 y 2012.
El Beneficio de Auditoría concedido a los contribuyentes del impuesto sobre renta en el artículo 689-1 del E.T., y que supuestamente solo duraría hasta el año gravable 2010, fue prolongado para los años 2011 y 2012 gracias a la norma contenida en el artículo 33 de la reciente Ley 1430 de Diciembre 29 de 2010. En esta exposición, el Dr. Guevara destaca cuáles son los cambios que se producen en la forma en la cual se aplicará dicho beneficio para los años 2011 y 2012, comparada con la forma en la cual se estuvo aplicando hasta el año gravable 2010.
El artículo 689-1 del Estatuto Tributario, y que ha existido en dicho Estatuto desde cuando fue adicionado por el artículo 22 de la Ley 488 de Diciembre de 1998, ha sufrido una nueva modificación integral (la cuarta desde su creación) esta vez mediante el artículo 33 de la Ley 1430 de Diciembre 29 de 2010.
Cámara de Representantes. Por medio de la cual se dictan normas tributarias de control y para la competitividad.
Estas son 2 de las nuevas propuestas que los congresistas le adicionaron, en Noviembre 24 de 2010, al Proyecto de Ley de Reforma tributaria No. 124 de Octubre radicado por el Gobierno. El proyecto ahora contiene 46 artículos entre los cuales también figura la propuesta de que el seguro obligatorio de accidentes de tránsito de los vehículos solo lo expedirían a quienes estén al día en el pago del impuesto de vehículos.
La última de las 5 modificaciones más recientes efectuadas al artículo 689-1 del Estatuto Tributario fue la introducida con el artículo 63 de la Ley 1111 de Diciembre de 2006 y según dicha modificación el beneficio solo se prorrogaba hasta el año gravable 2010.