Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: beneficios empresariales

Concepto 34550 de 02-12-2015

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 2 diciembre, 2015

DIAN. Los pagos o abonos en cuenta realizados a una persona natural o jurídica residente fiscal en Canadá, provenientes de la explotación que lleva a cabo en Colombia sin la presencia de un establecimiento permanente, no deben someterse a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementario. Lo anterior teniendo en cuenta el artículo 7 del Convenio entre Canadá y la República de Colombia, para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio, siempre que se trate de beneficios empresariales.

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