El artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo establece los pagos que no constituyen salario. Es importante que mediante un acuerdo entre las partes (empleador y trabajador) se establezcan los pagos extralegales a otorgar. El siguiente es un modelo mediante el cual podrá suscribir dicho acuerdo.
El Ministerio del Trabajo expone modificar los beneficios extralegales como opción para proteger el empleo en esta fase de mitigación del COVID-19.
Luego de concertarlo con el empleado, podrá usar este modelo para certificar que se realizará una modificación en el pago de beneficios extralegales.
Toda empresa debe tener claras las políticas de beneficios extralegales con las que cuenta, cumpliendo la normatividad laboral y de seguridad social, y garantizando el correcto pago quincenal o mensual. Estos son algunos puntos para tener en cuenta al cancelar los salarios de los empleados.