Mediante el Decreto 1778 de diciembre 20 de 2021, el Ministerio de Hacienda fijó el calendario tributario que regirá durante el año 2022.
Dichas normas fijan además los requisitos para que las personas naturales no se encuentren obligadas a declarar renta por el año gravable 2021.
Los primeros vencimientos del calendario tributario son predial y vehículos, los cuales tendrán fechas escalonadas según la última letra del CHIP o dígito de la placa, respectivamente.
Mediante el Decreto 1778 de 2021, el Ministerio de Hacienda fijó las condiciones y plazos en los cuales deberán presentarse las declaraciones de los impuestos administrados por la Dian para el año 2022.
Adicionalmente, el decreto establece los requisitos que deberán cumplir las personas naturales para no estar obligas a presentar la declaración de renta por el año gravable 2021.
La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá expidió la Resolución 000650 de 2021, mediante la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir las obligaciones formales y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos para la vigencia 2022 administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda.