Mediante la Certificación 003 de 2020, la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público certifica, para efectos de lo dispuesto en el parágrafo 4 del artículo 50 de la Ley 788 de 2002 (modificado por el artículo 20 de la Ley 1816 de 2016), las tarifas del componente específico del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, aplicables a partir del 1 de enero de 2021. Dichas tarifas serán las siguientes:
• Para licores, aperitivos y similares será de $249.
• Para vinos y aperitivos será de $169.
• Para los productos nacionales que ingresen para consumo al departamento Archipiélago de San Andrés,
Providencia y Santa Catalina será de $39 por cada grado alcoholimétrico.
Cabe destacar que todas las tarifas anteriores serán aplicables por 750 centímetros cúbicos.