Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: cesación de pagos

Oficio 220-253395 de 16-11-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 16 noviembre, 2017

La solicitud de inicio del trámite de reorganización del deudor persona natural comerciante debe estar acompañada de los documentos que acrediten los supuestos de cesación de pagos y que se lleva la contabilidad regular de los negocios conforme a las prescripciones legales, además de: 1) los cinco estados financieros básicos de los tres últimos ejercicios debidamente dictaminados y del ejercicio en curso con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud; 2) un estado de inventario de activos y pasivos con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior; 3) la memoria explicativa de las causas de la cesación de pagos; 4) el flujo de caja; 5) el plan de negocios de reorganización; 6) el proyecto de calificación y graduación de acreencias y derechos de voto, y 7) la relación de los bienes muebles e inmuebles necesarios para el desarrollo de la actividad económica del deudor. Cabe señalar que, una vez aceptada la solicitud de inicio del trámite de reorganización, todas las obligaciones que se causen hasta la terminación del acuerdo se consideran gastos de administración. Estas, como bien se sabe, no hacen parte del trámite; se pagan con preferencia respecto de las obligaciones que sí son objeto del mismo y a medida que se vayan causando, y pueden ser cobradas dentro de un proceso ejecutivo ante la justicia ordinaria.

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