Lista de chequeo para evaluar el cumplimiento de obligaciones en el área administrativa, relacionadas con los más importantes elementos a tener en cuenta al Cierre contable del año 2013.
¿En cuáles situaciones se debe nombrar por primera vez un Revisor Fiscal, continuar con el existente, despedirlo o conseguir por lo menos un Contador? Puntos a tener en cuenta para las declaraciones de retención 2013.
La Ley 182 de 1948, sobre régimen de propiedad de pisos y departamentos en un mismo edificio, se dio como respuesta a la búsqueda de soluciones convenientes a problemas como el déficit de vivienda, disminución de costos en la instalación de servicios públicos, constitución de sistemas de seguridad y de un régimen de convivencia urbana. Luego se expidieron las Leyes 16 de 1985 y 428 de 1998 con su respectivo decreto reglamentario. También la Ley 675 de 2001.
En esta tercera y parte final, se presenta un taller de conciliación entre los excedentes contables y la renta fiscal, para una entidad del régimen tributario especial. De igual manera, se realiza una conciliación entre los excedentes contables y la renta fiscal.
En esta segunda parte se presenta un taller de conciliación entre la utilidad contable y la fiscal para una persona jurídica. De igual manera se explica, mediante un ejemplo, la depuración del impuesto de renta contable y fiscal, junto a la información complementaria en el proceso de conciliación.
El efecto de las conciliaciones es netamente fiscal y no afecta para nada los Estados Financieros. Las diferencias que se presenten deberán ser registradas en las cuentas de orden que reflejan las diferencias entre las cifras utilizadas para las declaraciones tributarias y las contenidas en el balance general y/o el estado de resultados.
La utilidad o pérdida contable (antes de impuesto de renta) resulta de la información registrada por las personas jurídicas aplicando para ello las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Colombia, contenidas en los Decretos 2649 y 2650 de 1993 y demás normatividad que las reglamentan o amplían.
Para dar respuesta a la pregunta ¿cuáles entidades no estarían obligadas a preparar el informe de gestión de los administradores?, debemos repasar lo que dispuso la Ley 222 de diciembre de 1995, la cual refiere quienes son las entidades obligadas a preparar el informe de gestión de los administradores y quiénes serían los entes no obligados a prepararlo.
De acuerdo con la Circular 220-000006 de noviembre 14 de 2012, los plazos para la entrega de los informes con las cifras financieras del 2012 se vencerán entre abril 1 y 26 de 2013, y para la entrega del informe de prácticas empresariales entre mayo 6 y junio 4 de 2013. Esta vez no se aceptarán excusas sobre reportes iniciales que se entregaban basados en balances provisionales, pero que luego de realizadas las asambleas se tenían que corregir. Tampoco se aceptarán correcciones posteriores al reporte de prácticas empresariales.
Generalmente las sociedades hacen un cierre contable por año, pero hay situaciones que hacen necesario hacer dos o más, caso en el cual dichos cierres, a su finalización, deben preparar y difundir estados financieros de propósito general comparativos.
En el transcurso de esta conferencia, el Dr. José Hernando Zuluaga, CEO de admin.actualicese.co, expone el entorno fiscal de Colombia; realiza una actualización sobre la Unidad de Valor Tributario, UVT. También elabora un listado de procedimientos contables y tributarios que se deben tener en cuenta al final del periodo 2011 y al iniciar el 2012.
En razón a que los Estados Financieros del 2010 terminarán siendo entregados en muchos casos sin haber sido aprobados por las Asambleas o Juntas Directivas de las sociedades, es por eso que la circular 100-000004 de Noviembre de 2010 dispone lo que habría que hacer para corregir un reporte ya entregado si sucede que el máximo Organo social termina haciéndole modificaciones a los Estados Financieros.
La Asociación de Contadores Javerianos – Asoconjav – realizó el Tercer Congreso Nacional de Contadores, Globalización para el Desarrollo Empresarial que se llevo a cabo el día 01 de octubre de 2010, en el Hotel Intercontinental de Cali. Celebración de los 40 años de la Universidad Javeriana.
El proceso de globalización de la economía y las comunicaciones ha generado la necesidad de replantear el modelo contable, conduciéndolo hacia una armonización de las normas a nivel mundial. En esta conferencia, el Dr. Marcelo Canetti nos presenta los diversos entes e instituciones reguladores de las NIIF a nivel mundial, asimismo, el proceso de adopción por el cual han pasado Europa, Estados Unidos y América Latina.