Hoy 1 de agosto inicia la aplicación de las multas económicas que contempla el nuevo Código Nacional de Policía, las cuales están divididas por categorías.
Un total de 361 conductas, correspondientes a cuatro tipos de multas, contenidas en el Código Nacional de Policía serán sancionadas económicamente a partir del 1 de agosto de este año. El 70 % de los recaudos que se hagan en razón de estas será destinado en seguridad y actividades preventivas.
Las multas que se apliquen según el Código entrarán a una base de datos llamada. Las personas registradas como morosas tendrán restricciones similares para quienes reportan mora en sus impuestos ante la DIAN. Ya hay dos demandas interpuestas ante la Corte Constitucional.
La nueva versión del Código Nacional de Policía entra en vigencia el 30 de enero de 2017, por tanto, es necesario que los ciudadanos conozcan las sumas que deberían pagar si incurren en conductas prohibidas por esta normatividad. Existen multas generales y especiales.
El Código Nacional de Policía y Convivencia o Ley 1801 de 2016 entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2017 para regular asuntos concernientes al poder, función y actividad de la Policía Nacional. Todos los ciudadanos deben conocer sus derechos y deberes en materia de convivencia.
Como dice la canción “…ésta casa es mía, túmbenla, túmbela, túmbela…”, es relativamente cierto, pues al interior de mi vivienda, puedo hacer lo que quiera, pero si la “tumbada” afecta al vecino, caben todas las medidas disciplinarias y policivas, eso incluye el mes más alegre del año.
Retenciones temporales de ciudadanos, autorización o no de las manifestaciones y el ingreso de la Policía sin orden judicial son tres medidas que han levantado polémica. Continúa la discusión del Código Nacional de Policía.