

Cajas de compensación familiar no pertenecen al régimen tributario especial
ImpuestosAl igual que las propiedades horizontales, las cajas de compensación familiar no deben adelantar los procesos de permanencia, actualización o calificación al régimen especial porque dichas entidades no pertenecen a dicho régimen, así lo manifestó la Dian en su Concepto unificado 0481 de 2018.
¿Qué se entiende por evento colectivo para efectos del registro web del régimen tributario especial?
ImpuestosLa reforma tributaria estructural y el Decreto 2150 de 2017, no estipularon una definición especial al concepto de evento colectivo, razón por la que la Dian brindó una definición en su Concepto unificado 0481 de 2018, pues es necesario tener claridad sobre este al realizar el registro web.

Entidades del régimen especial también deben someterse a norma de bancarización
ACTUALIDAD, ImpuestosMediante el Concepto Unificado 0481 de abril 27 de 2018 la Dian brinda claridad sobre cuándo las entidades sin ánimo de lucro deben o no practicarse la autorretención en renta, también aborda la aplicación de la norma de bancarización y la coexistencia de regímenes en materia tributaria.

Registro de entidades sin ánimo de lucro ante la cámara de comercio puede ser usado por la Dian
ACTUALIDAD, ImpuestosEn el Concepto Unificado 0481 de abril 27 de 2018 la Dian también aborda temas de aplicación general a las entidades del régimen especial como lo es la implementación de los Estándares Internacionales, el registro de libros, la obligatoriedad de tener revisor fiscal y el proceso de registro web.

Cooperativas no tienen que hacer procesos de calificación o permanencia pero sí de actualización
ACTUALIDAD, ImpuestosEn el Concepto Unificado 0481 de abril 27 de 2018 la Dian también brinda claridad sobre el proceso de actualización que deben adelantar las cooperativas y asimiladas a estas; los aspectos relacionados con la determinación del beneficio neto o excedente, y sobre el proceso de readmisión.

Donaciones que pueden deducirse en renta o considerarse como beneficio neto o excedente
ACTUALIDAD, ImpuestosAunque el artículo 257 del ET establece que las donaciones dan lugar a descuentos tributarios y no a deducciones, en el Concepto Unificado 0481 de 2018 la Dian manifiesta que la normatividad vigente señala que determinadas donaciones pueden deducirse o considerarse como beneficio neto o excedente.
Donante no identificado no podrá tomar descuento tributario al calcular su impuesto de renta
ImpuestosAsí lo manifestó la Dian en su Concepto unificado 0481 de 2018. Para la Dian no identificar el donante es una posibilidad de carácter excepcional, por tanto, se debe determinar si la donación se hizo directamente o a través de un intermediario, pues estos últimos tampoco pueden aplicar dicho beneficio.
Concepto 0481 de 27-04-2018
Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDADEl 27 de abril de 2018, la Dian expidió el Concepto Unificado 0481 de 2018. Con dicho concepto, la Dian explica las generalidades y los requisitos necesarios para estar sujeto al régimen tributario especial –RTE–, así como todos los criterios para tener en cuenta en aras de que una ESAL sea calificada en dicho régimen, de conformidad con lo previsto en la Ley 1819 de 2016 y el Decreto 2150 de 2017.
Cabe resaltar que uno de los objetivos de la reforma tributaria era lograr un mayor control sobre las entidades sin ánimo de lucro por parte del gobierno nacional como de la sociedad civil, dando cabida al artículo 364-5 del Estatuto Tributario –ET–, referente al registro web y la remisión de comentarios de la sociedad civil.
El beneficio neto o excedente, del cual hace referencia el artículo 357 del Estatuto Tributario, se calculará conforme a las normas de carácter fiscal. Así mismo, los activos y pasivos seguirán lo previsto en los títulos 1 y 2 del libro primero del ET.