Concepto 220-223625 de diciembre 16 de 2013. Supersociedades afirma que sí se puede ser contador en una entidad donde el cónyuge sea el gerente, pues la tarea sería solo certificar los Estados Financieros, pero no podría actuar como Revisor o Auditor Externo, ya que lo que haría sería dictaminar estados financieros y se aplicaría la prohibición del art. 50 de la Ley 43 de 1990.