Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: Concepto 377 de 2017

Concepto 377 de 24-04-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 24 abril, 2017

En el proceso de empalme de revisores fiscales, el revisor fiscal entrante debe observar lo establecido en los numerales 6 y 9 de la NIA 510, y recibir como mínimo copia de las comunicaciones enviadas a la gerencia y de los informes emitidos durante el último período por parte del revisor fiscal saliente. De no ser suministrada esta información, será la administración la encargada de suministrarla.

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