Mediante nuevo concepto de noviembre 19 de 2014, el CTCP cambió las instrucciones que había dado sobre este asunto en su Concepto 403 de agosto 27 de 2014. En el más reciente se concluye que las sociedades civiles sí quedan obligadas a llevar contabilidad aun cuando no realicen actos mercantiles y por lo tanto deben clasificarse en alguno de los tres grupos de la convergencia a las NIIF.