Los estados financieros de propósito general son aquellos que pretenden cubrir las necesidades de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información.
El pasado 15 de enero nuestro Líder de Información Contable y Tributaria, Diego Guevara realizó un video donde toca un listado de temas, y aclara dudas, que deben ser tenidos en cuenta por los contadores alrededor de temas como declaración del IVA anual, formulario 300 de IVA, resolución grandes contribuyentes y firma electrónica, entre otros.
Indicadores de mayor uso por parte de consultores y contadores al finalizar el año 2013 y año 2014, que sirven de apoyo en la toma de decisiones y de comunicación con y para los clientes.
El tratamiento contable de las Propiedades, Planta y Equipo es uno de los temas claves para todos los usuarios de los estados financieros de diferentes compañías puesto que representa un rubro significativo de los estados financieros.
El Consejo Técnico de la Contaduría estableció en sus Pronunciamientos las bases de los cambios inmediatos que tiene que asumir la Revisoría Fiscal en el mundo actual de los negocios. A continuación se entrega un importante paquete de herramientas jurídicas que fortalezcan su desempeño en el ámbito de la propiedad horizontal, considerada ya como el formato de desarrollo urbanístico del siglo XXI.
En estas conferencias se presentan las novedades a ingresos y egresos donde no se detallan los componentes de otros ingresos (intereses, regalías y dividendos). No se incluyeron temas como daciones en pago, diferencia en cambio, menciones sobre manejo de contratos onerosos donde exista la posibilidad de pérdidas futuras.
Se explican las novedades en este punto que se exponen en el Nuevo Marco Normativo de Información para Microempresas donde no se manejan detalles sobre el Patrimonio, lo que obligaría a acudir a la NIIF para Pymes, Sección 22. De igual manera, se exponen las obligaciones financieras y cuentas por pagar; las obligaciones laborales.
Se enumeran las novedades en los activos agotables, intangibles y diferidos. Para el caso de los intangibles se tendrá que acudir a la sección 18 NIIF para Pymes de acuerdo con el párrafo 3.1. Y los activos agotables se incluirían en las actividades especiales de la NIIF para Pymes, sección 34. En esta conferencia también se toca el tema de inversiones con sus respectivos ejemplos, cuentas por cobrar, inventarios y sus respectivos ejemplos. De igual manera, se trata la propiedad, planta y equipo con ejemplos.
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Se enumeran las novedades en los activos agotables, intangibles y diferidos. Para el caso de los intangibles se tendrá que acudir a la sección 18 NIIF para Pymes de acuerdo con el párrafo 3.1. Y los activos agotables se incluirían en las actividades especiales de la NIIF para Pymes, sección 34. En esta conferencia también se toca el tema de inversiones con sus respectivos ejemplos, cuentas por cobrar, inventarios y sus respectivos ejemplos. De igual manera, se trata la propiedad, planta y equipo con ejemplos.
Un importante grupo de empresas colombianas quedaron obligadas a utilizar la Contabilidad para microempresas y la aplicación del Decreto 2706 del 2012 del Ministerio de Comercio Industria y Turismo. Entre ellas están las microempresas obligadas a llevar contabilidad simplificada que emitirán estados financieros y revelaciones abreviadas, objeto de aseguramiento de información a nivel moderado con el cumplimiento del artículo 499 E.T; igualmente las microempresas en proceso de formalización de que trata la Ley 1429/10 y pertenezcan al régimen simplificado.
Para las personas jurídicas (privadas o mixtas) que a partir del año gravable 2013 deban liquidar tanto el tradicional “impuesto a la renta y complementarios” como el nuevo “Impuesto a la renta para la Equidad-(CREE)”, la conciliación anual entre su resultado contable y fiscal con el cual determinarían dichos impuestos es una tarea que puede volverse bastante complicada a raíz de la gran cantidad de normatividad fiscal especial vigente, tal como las que establecen ciertos beneficios tributarios o aquellas que limitan la deducibilidad de ciertos costos y gastos, la cual debe ser tomada en cuenta en dicho proceso.