Cuando el empleador termina los contratos de sus subordinados en diciembre para “empezar de cero” en enero, pero el trabajador sigue desempeñando las mismas funciones en el nuevo año, se podría configurar un fraccionamiento del contrato y habrá sanciones cuando el trabajador lo demande.
El empresario que decide terminar los contratos en diciembre para volver a realizar nuevos en enero, en iguales condiciones (mismas funciones, mismo jefe, mismas herramientas, mismo lugar de labores, etc.), está frente a un fraccionamiento injustificado de la relación laboral, que en últimas, estaría pecando por continuidad laboral y lo que ello conlleva.