El artículo 59 de la Ley 1819 de 2016 modificó el numeral 2 del artículo 102 del ET; con ello, los fideicomitentes ya no solo deben incluir en sus declaraciones de renta las utilidades o pérdidas generadas en los fideicomisos, sino también los ingresos, costos y gastos devengados.
El contrato de fiducia mercantil es aquel en el que una persona llamada fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o más bienes especificados a otra llamada fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste o de un tercero llamado beneficiario o fideicomisario. En materia […]