DIAN. Mediante el cual se indica que el usuario industrial de energía eléctrica debe verificar si su actividad económica está contemplada en la norma para poder acceder a beneficios tributarios.
DIAN. Los usuarios industriales son sujetos no obligados al pago de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico, no siendo posible vía interpretación ampliar el beneficio tributario al sector empresarial.
DIAN. La arepa de maíz, es un bien excluido de IVA, y la adición de otros elementos no implica que ella se encuentre gravada con IVA.
Contribución Especial por Contratos de Obra Pública – Recaudo.
DIAN. Causación de la Contribución Especial Sobre Contratos de Obra Publica.
DIAN. Contribución especial por contratos de obra pública.