En comunicado expedido por el Ministerio de la Protección social en Diciembre 21 de 2010 se dispuso que el plazo otorgado en el Decreto 3553 de 2008 para obtener esta exoneración durante el 2011 sería hasta el 17 de Enero del presente año. A este beneficio solo pueden acceder las CTAs y PCTAs cuya facturación total del 2010 no haya excedido los $224.025.000. Además, la Ley 1429 de 2010 estableció multas más severas para las CTAs que practiquen intermediación laboral y para las empresas que las contraten.