Mediante la Sentencia C-002-18 de 31 de enero de 2018, la Corte Constitucional se declaró inhibida de fallar sobre el texto modificado por la Ley 1819 de 2016 (parcial), por ineptitud de la demanda.
La excepción de inconstitucionalidad es una facultad que tienen las autoridades para dejar de aplicar una norma y en su lugar hacer efectiva la Constitución. Los jueces no pueden dejar de hacer uso de ella cuando detecten una contradicción entre la norma aplicable a un caso y la constitución.
La Corte Constitucional recuerda que la incapacidad laboral de origen común no suspende el contrato, ni el derecho a recibir prerrogativas prestacionales, pues no está prevista como causal ni como efecto que habilite al empleador para descontar el tiempo de la liquidación de ciertas prestaciones sociales.
Mediante la presente sentencia la Corte Constitucional declara exequible la parte final del artículo 45 del ET, considerando que el mismo no viola el principio de legalidad tributaria.
Mediante la presente sentencia, La Corte Constitucional declara exequibles los artículos 6, 244, 392, 594-1 y 594-2 del Decreto 624 de 1989.
La Corte Constitucional declara la exequibilidad del inciso 1 del Decreto 624 de 1989, que reprodujo el artículo 2º, inciso 1, del Decreto 1979 de 1974. Estándose a lo resuelto por la Corte Constitucional en sentencia C-587 de 1995, en virtud de la cual se declaró exequible el inciso 1 del artículo 16 del Estatuto Tributario.
La Corte Constitucional declara que, la calidad de contribuyentes que se otorga a las empresas industriales y comerciales del Estado y a las sociedades de economía mixta en virtud del artículo 16 del ET, no vulnera ningún precepto constitucional.
Mediante la Sentencia C-421-95 de 21 de septiembre de 1995, la Corte Constitucional declaró exequible el artículo 365 del Estatuto Tributario –ET–, por cuanto estas disposiciones no desconocen el derecho al debido proceso, consagrado en el artículo 29 de la Constitución.