Varios requisitos señalados en el artículo 7 del Decreto 326 de 1995, recopilado en el artículo 1.2.1.17.7 del DUT 1625 de 2016, para que el avalúo o autoavalúo según el artículo 72 del ET sea considerado como costo fiscal, han sido declarados nulos por el Consejo de Estado mediante varias sentencias.
Las opciones para determinar el valor patrimonial de los bienes inmuebles varía dependiendo de si la persona natural se encuentra obligada o no a llevar contabilidad. Con la reforma tributaria estructural, se introdujeron novedades que generan impacto en la declaración de renta de los primeros.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿El avalúo comercial de un bien inmueble se puede tomar como costo fiscal en la declaración de renta de una persona natural que se no encuentra obligada a llevar contabilidad?
Resueltas agosto 23 de 2018
Pese a que el requerimiento del cálculo del impuesto diferido ha estado presente desde la aplicación del anterior marco técnico normativo (Decreto 2649 de 1993), con el advenimiento y la aplicación de los Estándares Internacionales (incorporados en el DUR 2420 de 2015 y sus decretos modificatorios) este ha sido un tema que ha suscitado un gran reto para los profesionales contables.
Mediante el presente oficio, la Dian aclara que las mejoras sobre los activos fijos integran su costo fiscal y pueden ser tenidas en cuenta en la determinación de la alícuota de depreciación fiscal.
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Cómo se reconocen las partidas enumeradas en el artículo 74-1 del Estatuto Tributario, disposición que se refiere al costo fiscal de las inversiones?
Así lo indica el artículo 72 del ET modificado por el artículo 51 de la Ley 1819 de 2016. La depreciación también debe restarse si las personas naturales determinan el costo fiscal de sus bienes raíces con el factor multiplicador del artículo 73 del ET también modificado por la reforma tributaria.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Qué aspectos fiscales deben ser considerados por una persona natural obligada a llevar contabilidad para efectos de determinar el costo fiscal de un inmueble que tuvo por menos de 2 años al cual no se le efectuó depreciaciones?
Resueltas julio 6 de 2018
La Dian trae a colación los artículos 69, 128, 137, y 290 del ET, para dar respuesta a las preguntas relacionadas con el tratamiento fiscal y contable de las mejoras, reparaciones mayores e inspecciones sobre activos fijos.
Por lo anterior, en aplicación de la normatividad vigente relativa al costo fiscal de los activos fijos, la Dian aclara que las mejoras, reparaciones mayores e inspecciones realizadas con posterioridad al 1 de enero de 2017, que deban ser capitalizadas de conformidad con la técnica contable y que cumplan con las disposiciones del Estatuto Tributario, integran el costo fiscal de los elementos de la propiedad, planta y equipo, y propiedades de inversión, de manera que deben considerarse para el cálculo de vida útil del activo y las alícuotas de depreciación fiscal. En caso de que la mejora se halla realizado antes de la entrada en vigor de la Ley 1819 de 2016, se deben aplicar las normas que estuvieron vigentes para la fecha.
Los inventarios son activos que se adquieren con la finalidad de ser vendidos a lo largo del ciclo normal de las operaciones ejecutadas al interior de un negocio, bien sea en calidad de materias primas o de producto en proceso de transformación para su posterior venta, así como en calidad de materiales, repuestos o suministros que serán utilizados en procesos productivos enfocados a ventas posteriores.
Entre las opciones contempladas por el Estatuto Tributario para que las personas naturales determinen el costo fiscal de sus activos fijos, se encuentra la del artículo 73; si la aplicación de lo expuesto en dicha norma implica retroceder en el tiempo se podrían derivar varias consecuencias fiscales.
Mediante la presente sentencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo concluye que el avalúo o autoavalúo de los bienes inmuebles aceptado como costo fiscal es el que aparezca en cualquiera de las dos declaraciones (declaración del impuesto de renta y/o declaración del impuesto predial).