En este consultorio la abogada Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y de seguridad social resuelve las principales inquietudes relacionadas con la correcta implementación en el 2021 del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo -SG-SST-.
¿La empresa debe capacitar a sus trabajadores sobre el SG-SST? ¿Qué tipo de responsabilidad tienen los trabajadores en este tema?
¿Qué responsabilidades debe asumir en 2021 el representante legal de una empresa frente a la implementación del SG-SST?
¿Cuál es la relación del Copasst y del comité de convivencia laboral con el SG-SST?
¿Cómo debe ser implementado el SG-SST en los casos de las personas que desarrollan actividades domésticas o mediante empresas de servicios temporales?
¿Cuáles son las diferencias entre el SG-SST y el programa de salud ocupacional?
¿Cuál es la fecha de implementación del piso de protección social en 2021? ¿Cuál es el porcentaje del aporte a dicho piso y quién debe realizar su recaudo?
¿Cuál es el plazo qué tienen las empresas para realizar la consignación de las cesantías del año 2020? ¿Cómo deben calcularse y cuál es la sanción por no cumplir estos plazos?
Respecto a los pagos de seguridad social, ¿Cómo se liquida la sanción por no reportar información, hacerlo con errores o de manera extemporánea? ¿La UGPP se encuentra facultada para sancionar a las administradoras del sistema de seguridad social y a las que afilian colectivamente a trabajadores independientes?
¿Cuáles son las sanciones que puede aplicar la UGPP por el uso inadecuado de los recursos del Paef y el PAP?
¿Cómo se liquida y paga la sanción por omisión o mora en el pago de los aportes a seguridad social y parafiscales?
¿El esquema de los costos presuntos establecidos por la UGPP tiene aplicabilidad en los trabajadores independientes con contratos de prestación de servicios? En este caso, ¿se pueden imputar costos por encima de los presuntos?