Según lo expresado por la Dian en su Oficio 021046 de agosto 08 de 2017 un representante legal puede solicitar dar por no presentadas las declaraciones que hayan sido diligenciadas con la firma del anterior revisor fiscal por no contar con la inscripción del nuevo en la cámara de comercio.
Una declaración tributaria se entenderá como no presentada si acontece alguna de las situaciones previstas en el artículo 580 del ET. Con la reforma tributaria estructural se eliminó la condición de no registrar en la declaración la dirección del contribuyente o hacerlo de forma equivocada.