En general, esta posibilidad se encuentra contemplada en el artículo 579-2 del ET, sin embargo, con la expedición del Decreto 2150 de 2017 se incluyó al DUT 1625 de 2016 una disposición sobre la contingencia en los procesos de permanencia, calificación, readmisión y actualización al régimen especial.
La Resolución 12761 de 2011 señala los contribuyentes obligados a presentar las declaraciones de manera virtual. Cuando se hace por un medio diferente se entenderá como no presentada; no obstante, la Dian debe detectar dicha irregularidad antes de cumplirse el término de firmeza de la declaración.