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Etiqueta: Decreto 1103 de 2020

Enajenación indirecta de inversiones poseídas en Colombia fue reglamentada

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 19 agosto, 2020

El Decreto 1103 de agosto 10 de 2020 reglamentó la norma del artículo 90-3 del ET.

Los enajenantes indirectos no residentes presentarán el formulario 150 para liquidar el posible impuesto de renta y ganancia ocasional.

Los residentes incluirán la operación en su formulario 110 o 210 al final del año.

Decreto 1103 del 10-08-2020

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 10 agosto, 2020

Ministerio de Hacienda expide el Decreto 1103 de 2020, por medio del cual reglamenta el artículo 90-3 del Estatuto Tributario –ET–, modificado por el artículo 62 de la Ley 2010 de 2019, relacionado con las enajenaciones indirectas de acciones en sociedades, derechos o activos ubicados en el territorio nacional.

Dicho decreto precisa el tratamiento aplicable al reconocimiento de las depreciaciones y amortizaciones de los activos subyacentes que se posean a través de una sucursal de la sociedad extranjera, las cuales pueden ser objeto de enajenaciones indirectas.

Lo anterior, considerando que las sucursales de sociedades extranjeras pueden reconocer las depreciaciones y amortizaciones de los activos para efectos del impuesto de renta y complementario.
Adicionalmente, este sustenta que el impuesto sobre la renta y su complementario de ganancia ocasional generado en las enajenaciones indirectas deberán ser declarados y pagados por el enajenante indirecto, el cual, en caso de estar ubicado en el exterior, podrá realizar el pago del impuesto en la cuenta internacional del tesoro nacional que el Gobierno indique para tal efecto.

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