El Decreto 2270 de diciembre 13 de 2019 fue publicado con la finalidad de realizar cambios relacionados, particularmente, con los procesos de contabilización en entidades que califican en el grupo 1.
En este editorial compartimos el resumen de los cambios más relevantes que trae el Decreto 2270 de 2019.
Dichos cambios deben observarse en la elaboración de los estados financieros y en el dictamen del revisor fiscal.
El Decreto 2270 de 2019 concedió a algunos revisores fiscales una prórroga para empezar a aplicar la NIA 701 sobre la comunicación de las cuestiones clave de auditoría en su dictamen. Los plazos son los siguientes:
Las ISAE son las normas que deben aplicar los revisores fiscales de entidades grandes para la revisión del control interno.
El Decreto 2270 de 2019 efectuó cambios en la ISAE 3000 y en otras NAI. Dichos cambios empiezan a aplicar en el 2020. En este editorial analizamos los principales.
¿Qué aspectos contables regula la CINIIF 23 incluida por el Decreto 2270 de 2019 que aplica para entidades del grupo 1?
A partir del 2020 los revisores fiscales deben empezar a aplicar las actualizaciones del Decreto 2270 de 2019 en sus encargos.
Este decreto trajo nuevos requerimientos para el trabajo y el dictamen del revisor fiscal. En este editorial analizamos los principales.
De acuerdo con lo estipulado en el Decreto 2270 de 2019, ¿cómo deben ser manejadas las pensiones de jubilación en las entidades del grupo 1?
Según el Decreto 2270 de 2019, ¿cómo se definen los activos en entidades del grupo 1?
¿Es correcto dar de baja un bien inmueble de una empresa del grupo 1 que está siendo utilizado por otra? ¿Qué dice el decreto 2270 de 2019 al respecto?
¿Puede una entidad del grupo 2 aplicar de manera voluntaria lo dispuesto en el Decreto 2270 de 2019?
¿Qué tipo de entidades pertenecen al grupo 1 y qué variables inciden en la clasificación?
¿Qué tanto modifica el Decreto 2270 de 2019 lo contemplado en la Ley 1314 de 2009?