


Ten en cuenta el Decreto 938 de 2021 para tus estados financieros
CURSOS, Estándares InternacionalesCada vez que hay una actualización de los Estándares Internacionales realizada por el IASB el país debe adoptarlos al marco técnico contable. Es así como, mediante el Decreto 938 de 2021, Colombia actualizó la normativa contable con los cambios introducidos por el organismo de control.

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CURSOS, Estándares InternacionalesLas empresas elaboran sus estados financieros con base en los Estándares Internacionales. El IASB es el organismo que los emite y los mantiene actualizando. Por otro lado, los gobiernos deben introducirlos en la normativa nacional, como fue el caso del Decreto 938 de 2021, que trajo algunos cambios.

Conoce los cambios que trajo el Decreto 938 de 2021 en la normativa contable
CURSOS, Estándares InternacionalesEl IASB es el organismo encargado de emitir los Estándares Internacionales de Contabilidad, los cuales están en constante actualización. Los Gobiernos deben estar atentos a estos cambios para introducirlos en la normativa nacional. Para el 2021, el Decreto 938 de 2021 trajo algunos cambios.

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CURSOS, Estándares Internacionales, TEMASLos Estándares Internacionales son emitidos por el IASB para generar un lenguaje universal en la elaboración de estados financieros. Estas normas están en constante actualización y las entidades deben estar atentas a estos reajustes. Para este año, el Decreto 938 de 2021 introdujo algunos cambios.
Conferencia: Modificación al marco técnico de información financiera para el grupo 1
CONFERENCIAS, Estándares InternacionalesEn esta conferencia, el Dr. Leonardo Varón profundiza en el Decreto 938 del 19 de agosto de 2021 por el cual “se modifica el marco técnico de las Normas de Información Financiera para el Grupo 1 del Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, Decreto 2420 de 2015, y se dictan otras disposiciones”. En el decreto se contempla la modificación del Anexo Técnico de Información Financiera para el Grupo 1. En el anexo modificado se incluyen siete parágrafos, los cuales presentan una serie de consideraciones. Las disposiciones del decreto entrarán en vigor desde el primero de enero de 2023. Sin embargo, la reforma de la Tasa de Interés de Referencia y la reforma de la Tasa de Interés de Referencia – Fase 2 podrán aplicarse a partir del ejercicio social 2021. El decreto se expidió con base en lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1314 de 2009. Acerca del conferencista Varón es Contador Público, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional, Especialista en Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, Magister en Contabilidad y Auditoría de Gestión. Ha sido capacitador en temas de Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF para PYMES, […]