Una empresa gira cierta suma de dinero para la creación de una fundación sin ánimo de lucro: ¿el valor girado puede deducirse en renta cuando la fundación se constituya y lo certifique?
Si un empleado se desvincula de la empresa y por error no se realizó el retiro de las planillas de seguridad social y se siguieron efectuando los aportes de este empleado por más de 5 meses, ¿puede la empresa deducir en renta los aportes pagados, aun cuando no se tiene ningún gasto por nómina del empleado?