Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: deducción del IVA

Concepto 14318 de 05-06-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 5 junio, 2019

Mediante la presente doctrina, la Dian precisa que para las operaciones anuladas, rescindidas o resueltas en el respectivo período, siempre que sean parciales, la deducción del IVA se calculará considerando la proporción del valor de la operación que resulte pertinente. Cabe resaltar que las deducciones del IVA deben estar respaldadas en la contabilidad y tener como base las operaciones del bimestre.

Concepto 11458 de 14-05-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 14 mayo, 2019

Dian Concepto 11458 Mayo 14 de 2019 Mediante la presente doctrina, la Dian concluye que el IVA pagado en la adquisición de activos fijos no resulta computable como costo o gasto, de acuerdo con las disposiciones del impuesto sobre la renta. Por consiguiente, el IVA no podrá tomarse como descuento en el impuesto sobre las […]

Concepto 21581 de 15-08-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 15 agosto, 2018

Mediante el Oficio 21581 de 2018, la Dian trae a colación los oficios 100208221-000024 de 2018 y 025511de 2015, y concluye que cuando se toma un inventario y se retira para activarlo como un bien de capital no se puede decir que se cumple con los hechos necesarios para tomarse como deducible de IVA, ya que el bien no se está adquiriendo, pues ya era parte de la empresa.
Finalmente, el documento expedido al momento de retirar un inventario es un comprobante interno y, por ello, no es posible hablar de una adquisición. Por lo anterior, no es posible deducir el IVA generado en el retiro de dichos inventarios para que hagan parte de los activos fijos de la empresa.

Concepto 0319 de 05-02-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 5 febrero, 2018

Según lo establecido en el artículo 115-2 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 67 de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016, los contribuyentes que hayan adquirido o importado bienes de capital gravados pueden reducirse en renta el valor pagado por concepto de impuesto sobre las ventas.

Concepto 5237 de 13-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 13 marzo, 2017

La DIAN precisa que la deducción del IVA creada con la adición del artículo 115-2 del ET, el cual establece que a partir del año gravable 2017 los contribuyentes tendrán derecho a deducir para el cálculo de la base gravable del impuesto sobre la renta, el valor pagado por concepto del impuesto sobre las ventas por la adquisición o importación de bienes de capital gravados a la tarifa general, aplica para cualquier forma de adquisición o importación de bienes de capital gravados a la tarifa general. Cabe señalar que el parágrafo 3 del artículo citado, define como bienes de capital aquellos bienes tangibles depreciables que no se enajenen en el giro ordinario del negocio, utilizados para la producción de bienes o servicios y que a diferencia de las materias primas e insumos no se incorporan a los bienes finales producidos ni se transforman en el proceso productivo, excepto por el desgaste propio de su utilización; como ejemplo de bienes de capital menciona son la maquinaria y equipo, los equipo de informática, de comunicaciones y de transporte.

​Concepto 033113 de 13-11-2015

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 13 noviembre, 2015

DIAN. La DIAN recuerda que para que el contribuyente no puede descontar el IVA pagado sin contar con la correspondiente factura que acredite –con el lleno de los requisitos legales– el impuesto asumido en la adquisición o importación de bienes de capital, de maquinaria pesada para industrias básicas o de bienes y servicios en general que resulta computables como costos o gasto de la empresa y que se destine a las operaciones gravadas con el IVA.

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