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Etiqueta: derecho a inspección

Oficio 220-110045 de 30-05-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 30 mayo, 2017

Con respecto al derecho de inspección y la oportunidad para ejercerlo en las sociedades anónimas, el numeral 4 del artículo 379 del Código de Comercio establece que cada acción confiere a su propietario el derecho de inspeccionar, libremente, los libros y papeles sociales dentro de los 15 días hábiles anteriores a las reuniones de la asamblea general en que se examinen los balances de fin de ejercicio. En concordancia con lo determinado en el artículo 422 del Código de Comercio, son los administradores quienes permitirán el ejercicio del derecho de inspección a los accionistas o a sus representantes durante los 15 días anteriores a la reunión ordinaria prevista en los estatutos, o a falta de estipulación lo señalado en la ley, indicando con ello la temporalidad que tiene el derecho de inspección al que pueden acceder los socios. Cabe señalar que este derecho no solo está condicionado a la temporalidad de su ejercicio, sino a la extensión del mismo, que se refiere a la determinación de los documentos que en efecto son susceptibles de inspección y al lugar donde se puede ejercer dicho derecho.

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