Siempre que se termine un contrato de trabajo, independientemente de la causa, el empleador tiene la obligación de liquidarlo y pagar al trabajador los valores causados correspondientes a salarios, prestaciones sociales y descansos remunerados.
Para iniciar un proceso disciplinario el empleador debe realizar la formulación de los cargos imputados, por escrito o de forma verbal, exponiendo de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que dan lugar y la calificación provisional como faltas disciplinarias.
La insubsistencia puede entenderse como una causal de retiro de quienes estén desempeñando empleos de libre nombramiento y remoción y de carrera administrativa; esta se produce por la discrecionalidad de remoción que tiene una autoridad nominadora, para cesar el vínculo de un servidor con el empleo.
Los prepensionados son trabajadores que gozan de una estabilidad laboral, la cual les impide ser despedidos cuando falten tres o menos años para reunir los requisitos de edad y tiempo de servicio, o semanas de cotización para obtener el disfrute de la pensión de jubilación o vejez.
El periodo de lactancia, según el derecho laboral, es un tiempo o periodo posterior al parto donde la trabajadora goza de especial protección, gracias a la cual no podrá ser despedida.
La siguiente es una notificación de finalización del contrato individual de trabajo por pensión del trabajador, de conformidad con la causal de terminación con justa causa enunciada en el numeral 6 del artículo 62 del Código Sustantivo de Trabajo.
No existe procedimiento especial distinto del indicado en el Código Sustantivo del Trabajo, donde se estipule cómo realizar el proceso disciplinario; por tanto, se tiene que cuando un trabajador ha cometido alguna infracciona, se debe dar aplicación al artículo 115 del CST, en concordancia con lo estipulado en el Reglamento Interno de Trabajo y el […]
El marco jurídico de la Constitución Política de 1991, ha protegido los derechos de la población en estado de discapacidad mediante la determinación de obligaciones del Estado y la sociedad para con ellos, en aras de brindarles una mayor protección y evitar posibles vulneraciones de sus derechos como individuos. De esta manera, mediante la Ley […]
La sanción es el mecanismo usado por el empleador como reacción ante una acción u omisión del trabajador que incumpla sus funciones o ponga en riesgo el efectivo desarrollo de la empresa; estas sanciones deben estar regidas por lo consignado en el Código Sustantivo del Trabajo y, a su vez, deben ser pactadas originariamente en el reglamento de trabajo de la empresa. Las sanciones se clasifican en leves o severas, según el grado de afectación de la acción. La sanción es el reproche, por el cual el empleador solicita el cambio de conducta de su subalterno.
El despido indirecto es comúnmente conocido como autodespido y es un derecho que otorga la legislación al trabajador para que por iniciativa propia, se dé término a la relación laboral, para los casos en los que se considere que el empleador ha incurrido en un grave incumplimiento de sus obligaciones legales, contractuales o convencionales.