En esta segunda parte el Dr. Diego H. Guevara ilustra la forma en cómo se elaboraría un reporte del literal «a» del art. 631 del E.T. sobre reporte de socios, accionistas, comuneros o cooperados a diciembre 31 de 2011 y también desarrolla la primera parte de lo que sería un reporte de los literales «b» y «e» del art. 631, sobre pagos o causaciones a terceros y sus retenciones practicadas o asumidas durante el año 2011.
En esta primera parte el Dr. Diego H. Guevara nos explica el contenido que acompañará la publicación multimedia que se hizo sobre este tema durante el mes de Noviembre de 2011 y luego pasa a hacer un resumen sobre el tipo de reportantes mencionados a lo largo de la resoluciones 11423 a 11430 de octubre de 2011 y los formatos que cada uno tendrá que entregar pero detallando en especial las categorías de informantes de la Resolución 11429 y los formatos que les corresponde entregar. Posteriormente explica algunos puntos importantes que se deben tener presentes cuando se esté diligenciando cualquiera de los 34 formatos mencionados en la Resolución 11429.
En esta obra, el Dr. Diego Guevara Madrid, Líder de Investigación Contable y Tributaria de actualicese.co, expone los puntos más importantes que deben conocer y tener presentes todos aquellos que tengan la obligación de responder por la información del año gravable 2011 que la DIAN ha solicitado a través de sus resoluciones 11423 a 11430 de octubre 31 de 2011 (quiénes están obligados, cuánta información tiene que entregar cada reportante, la forma de hacerlo, los plazos, las sanciones a que se expone, etc.).
Las petroleras, los exportadores, los restaurantes y los contrabandistas son quienes más evaden. La evasión anualmente podría estar por el orden de los 15 a 20 billones de pesos. Por otra parte se estima que el recaudo de impuestos al cierre de este año crecerá en un 23%.
Ministerio de Comercio. Para efectos del control en materia tributaria, aduanera y cambiaria es necesario asignar a la Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales -DIAN- las competencias para el registro de los contratos de exportación de servicios y de importación de tecnología.
Cuidado porque se están presentando casos de Contadores Públicos que aparecen registrados como Revisores Fiscales o ejerciendo como Contadores en empresas con las que nunca han tenido vínculo alguno. ¿Qué debe hacer frente a esta situación? Aquí se lo explicamos.
Agitado movimiento tributario de la mano de la DIAN. Se piensa que los ricos en Colombia no están pagando impuestos, continúa la evasión y por supuesto la corrupción. De igual manera, se está pensando en eximir de impuestos a víctimas de robo de carros y acabar con la prefactura en restaurantes.
Los plazos para la entrega de la información exógena nunca deberían ser tan tempranos, ya que incluso se vencen antes de la presentación de la declaración de renta misma.
Se están presentando casos de Contadores Públicos que aparecen registrados cómo Revisores Fiscales o ejerciendo como Contadores, de empresas con las que nunca han tenido vínculos. Lo anterior no sólo le puede acarrear problemas con la Dian, sino también Disciplinarios y hasta penales.
Desactualizado, obsoleto y desastre. Son algunos de los adjetivos calificativos que los contadores públicos utilizan para referirse a esta herramienta que parece no arrancar.
La DIAN expidió su paquete de resoluciones 11423 a 11431 de octubre 31 de 2011, donde ha señalado las personas y entidades obligadas a suministrar por el año gravable 2011 la información exógena tributaria, referidas en los artículos 623 a 631-1 del Estatuto Tributario.
DIAN. Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 07 de 2008, sobre competencia funcional y territorial de la DIAN.