Mediante el Decreto 358 y la Resolución 000042 de 2020, el Ministerio de Hacienda y la Dian reglamentaron aspectos relacionados con la facturación electrónica, documentos equivalentes y documento soporte que formaliza la cuenta de cobro.
Dian se pronunció sobre la numeración de documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.
¿Una persona no obligada a facturar debe solicitar una resolución de numeración para el documento equivalente?
¿Cuáles personas jurídicas y naturales no están obligadas a expedir factura de venta ni documento equivalente?
¿Qué requisitos deben contener los documentos equivalentes a factura? ¿Qué ejemplos se pueden dar de los mismos?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿En la elaboración de documentos equivalentes se requiere autorización de numeración?
Pregunta resuelta el 25 de abril de 2019
De acuerdo con el artículo 616-1 del ET, la factura electrónica es un documento equivalente a la factura de venta; por tanto, es un documento que operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas. Esta se encuentra reglamentada por el Decreto 2242 del 2015.