Al eliminarse el CREE y quedar solo el impuesto de renta, muchos contribuyentes que están exonerados de calcular renta presuntiva dejarán de liquidar el impuesto de renta. Lo mismo sucederá con las microempresas instaladas en las Zomac. Esto afectará los recaudos para el Sena, ICBF y EPS.
Mediante el Oficio 005797 de marzo 16 de 2017, la DIAN dio claridad sobre la derogatoria, a partir de enero 1 de 2017, de los artículos que regulaban el impuesto sobre la renta para la equidad CREE, asimismo hizo referencia al régimen de transición ante dicha eliminación.
Los numerales 4 a 6 del nuevo artículo 290 del ET, creado con el artículo 123 de la Ley 1819, contienen las instrucciones sobre lo que se podrá hacer en los años gravables 2017 y siguientes con aquellos valores por pérdidas líquidas y excesos de base mínima que no alcancen a ser compensados en las declaraciones del CREE del año gravable 2016. También contienen la instrucción de lo que se podrá hacer con el posible saldo a favor que se llegue a formar en esas mismas declaraciones. Se puede sustentar que las dos fórmulas que figuran en los numerales 4 y 5 del artículo 290 del ET quedaron mal diseñadas.
Mediante la Ley 1819 de 2016, que aprobó la reforma tributaria estructural se elimina el impuesto para la equidad, la sobretasa al CREE y los anticipos a esta a partir del año gravable 2017.
Todos los sujetos al CREE están obligados a liquidar la “base mínima” con la cual se garantizan recursos para el SENA, ICBF y EPS. Sin embargo, si se elimina el CREE y solo queda vigente el impuesto de renta, muchos contribuyentes estarían exonerados de calcular la renta presuntiva y, por tanto, podrían afectarse los recaudos con destino a dichas entidades.