Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: empresas constituidas en 2016

Concepto 728 de 24-08-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 24 agosto, 2017

Teniendo en cuenta que los nuevos marcos de información financiera son obligatorios a partir del 1 de enero de 2015 para las empresas ubicadas en los grupos 1 y 3, y del 1 de enero de 2016 para aquellas clasificadas en el grupo 2, salvo que se trate de una entidad del sector salud (cuyo primer año de aplicación comienza a partir del 1 de enero de 2017), las políticas de una empresa constituida en el 2016 deberán ser establecidas a partir de los nuevos marcos de información financiera. Por tal razón, no serían aplicables las directrices que sobre transición contienen los nuevos marcos de información financiera, salvo que en un período posterior la entidad decida aplicar el nuevo marco de información financiera de un grupo distinto al que fue clasificada originalmente en el momento de su constitución. Así pues, el balance inicial elaborado en la fecha de constitución se entendería que representa el estado de situación financiera de apertura de la entidad.

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