El Decreto 286 de febrero 26 de 2020 reglamentó los cambios efectuados por el artículo 91 de la Ley 2010 de 2019 al numeral 1 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario –ET–.
Este decreto retoma la reglamentación efectuada con el Decreto 1669 de 2019, que reguló el artículo 79 de la Ley 1943 de 2018.
Mediante comunicado de prensa, el Ministerio de Cultura informó la apertura de la última convocatoria del año para que empresarios de la economía naranja accedan al beneficio de renta exenta señalado en el numeral 1 del artículo 235-2 del ET.
El plazo para aplicar irá hasta el 31 de octubre de 2020.
¿Cuáles son las empresas de economía naranja y qué tipo de beneficios tributarios tienen?
¿Cuáles son los incentivos fiscales que aplican para las empresas de economía naranja respecto al pago del impuesto de renta?
¿Qué se entiende por “empresas de economía naranja”, y qué beneficios tributarios las cobija?