Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: enero 18 2018

Resolución 000069 de 28-12-2018

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 28 diciembre, 2018

El 19 de octubre de 2018 la Dian dio a conocer la Resolución 000051, por medio de la cual fueron establecidos los mecanismos de declaración y pago del impuesto sobre las ventas –IVA– para los prestadores de servicios desde el exterior. Para ello se requería prescribir el formulario para la presentación de dicha declaración para el año 2018 y siguientes.
Por lo anterior la Dian expidió la Resolución 000069 de 2018, por medio de la cual prescribió el formulario 325 en sus versiones inglés y español, para que los prestadores de servicios desde el exterior cumplan con sus obligaciones sustanciales y formales en materia de impuesto sobre las ventas –IVA–.

Oficio 220-000403 de 03-01-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 3 enero, 2018

La Supersociedades precisa que, ante el fallecimiento de uno de los accionistas, las acciones a su nombre pasan a integrar la sucesión ilíquida, y por tanto, para que en esas circunstancias proceda la realización de una reunión universal de la asamblea, será necesario que aquella se encuentre debidamente representada en la respectiva sesión. Cabe señalar que, el Código de Comercio determina que si una o más acciones pertenecen proindiviso a varias personas, estas designarán a quien ejercitará los derechos inherentes a las mismas, y el albacea con tenencia de bienes representará las acciones que pertenezcan a la sucesión ilíquida. Siendo varios los albaceas, designarán un solo representante salvo que uno de ellos fuese autorizado por el juez para tal efecto. A falta de albacea, llevará la representación la persona que elijan por mayoría de votos los sucesores reconocidos en el juicio.

Concepto 1091 de 27-12-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 27 diciembre, 2017

El CTCP recuerda una vez más que, dependiendo del tipo de entidad sin ánimo de lucro, se deberá cumplir con el requerimiento de tener revisor fiscal si el marco normativo aplicable o la entidad así lo exige.

Oficio 220-293527 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 21 diciembre, 2017

La Supersociedades precisa que, en el evento que la compañía decida ampliar las facultades que le hubiesen sido restringidas al representante legal de la misma o eliminarlas, deberá proceder no solo a la reforma estatutaria sino a inscribirla en la Cámara de Comercio del domicilio social. Cabe señalar que, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 1258 de 2008, las reformas estatutarias deberán ser aprobadas por la asamblea con el voto favorable de uno o varios accionistas que representen cuando menos, la mitad más una de las acciones presentes en la respectiva reunión. En caso de que se omitan los requisitos antes señalados, además de la sanción legal consistente en la no vinculación del mandante por los actos del mandatario cumplidos en exceso de sus funciones, podría conllevar a su representante legal a la sanción prevista en el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995, consistente en multas, sucesivas o no, hasta de doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia, la ley o los estatutos.

Concepto 1089 de 20-12-2017

Concepto / Oficio, Contaduría Pública, NORMATIVIDAD Publicado: 20 diciembre, 2017

El CTCP precisa que la firma de estados financieros de liquidación implica una labor que, encontrándose dentro de los tiempos del contrato de prestación de servicios profesionales suscrito entre la entidad y el contador público, debe ser atendida por este profesional a fin de adelantar dicho trámite.

Oficio 220-285520 de 19-12-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 19 diciembre, 2017

Si una sociedad pretendiera realizar operaciones de libranza o descuento directo de manera habitual y profesional al tiempo que deseara realizar, en esas condiciones, operaciones conexas de factoring, quedaría por razón de la materialidad de las operaciones indicadas, sometida al cumplimiento de las disposiciones que rigen las dos actividades principales mencionadas, independientemente que incorpore como vehículo un patrimonio autónomo. Sin perjuicio de lo anterior, se presentaría en ese evento un conflicto para consolidar en cabeza de un mismo originador, la condición de operador de libranza o descuento directo, y la de factor, frente a una misma operación, dada la incompatibilidad que se genera al realizar primero el cobro de los títulos en beneficio propio y luego en beneficio de un tercero.

Concepto 039135 de 13-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 13 diciembre, 2017

Respecto a si un contribuyente se rehúsa a pagar el impuesto bajo el argumento de que los avisos no están instalados en el lugar en el que realizan su actividad industrial, el Ministerio de Hacienda señala que de acuerdo con el literal k) del artículo 1 de la ley 97 de 1913 y a los pronunciamientos jurisprudenciales, la colocación de avisos que causa el impuesto, no está supeditada a que coincida con el lugar en el que se encuentra ubicada la sede fabril. Es decir, el hecho de que los avisos se encuentren ubicados en lugares distintos al de la sede fabril, no lo excluye del hecho generador el impuesto complementario de avisos y tableros.

Concepto 1016 de 24-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 24 noviembre, 2017

El CTCP señala que para el reconocimiento de inventarios de servicios, se requiere que el costo acumulado tenga correlación con el ingreso que producirá ese activo, el cual aún no se ha reconocido.

Concepto 1019 de 24-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 24 noviembre, 2017

El CTCP precisa que en lo relacionado con la transferencia de cartera, si se cumplen los criterios de reconocimiento contenidos en el marco de información financiera que aplica la copropiedad y procede la baja en cuenta en la contabilidad de la asociación, entonces la copropiedad podría registrar la cartera como uno de sus activos.

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