La Sección 34 del Estándar para Pymes requiere que una entidad dedicada a la transformación de activos biológicos mida estos activos al valor razonable, a menos que no pueda establecer ese valor sin un costo o esfuerzo desproporcionado. La medición a valor razonable genera impuesto diferido.
El concepto hiperinflación está definido en la sección 31 del Estándar para Pymes y en la NIC 29 para plenas, y corresponde al evento en el que se presenta un alza exagerada en el precio de los servicios y bienes que se ofertan en el mercado, el cual puede alcanzar altas tasas de crecimiento.
El principio de unidad de medida viene desde nuestra normatividad anterior. Su finalidad, según el artículo 8 del Decreto 2649 de 1993, es que: “los diferentes recursos y hechos económicos deben reconocerse en una misma unidad de medida”. En el caso de Colombia la unidad de medida es el peso.
Las empresas del Grupo 2 en Colombia aplicaron el Estándar para Pymes emitido en el año 2009, incorporado en el Decreto 3022 de 2013. El Decreto 2496 de 2015 incorporó la nueva versión emitida en el año 2015. En este artículo editorial abordamos los principales cambios en la norma.
A través de su Concepto 10-00182 de 2017 el CTCP expresó que, conforme al Estándar para Pymes, la capitalización de pasivos en una sociedad limitada se puede reconocer en el momento que fue aprobada por la junta de socios y no solo cuando se elabore y/o registre la respectiva escritura pública.
La eliminación del impuesto CREE a través de la Ley 1819 de 2016 puede suscitar inquietudes alrededor de las estimaciones realizadas en la elaboración del Estado de Situación Financiera de Apertura –ESFA–.
La Ley 1819 de 2016 armonizó la tributación con los estados financieros. Esto no significa que desaparezcan las diferencias entre unos y otros, sino que se establecen mecanismos para su conciliación.
La determinación o cálculo del valor residual como componente en la determinación del importe depreciable de los activos clasificados como propiedad, planta y equipo, es una disposición expresa del Estándar Internacional, por lo que su omisión se encuentra limitada.
Generalmente las propiedades de inversión, tal como lo señala la Sección 16 del Estándar para Pymes, se medirán por su valor razonable, sin embargo si en la aplicación de este procedimiento se incurre en un costo o esfuerzo desproporcionado se podrá aplicar un tratamiento diferente.
La sección 29 del Estándar para Pymes establece el tratamiento del impuesto a las ganancias. Esta sección requiere que la entidad reconozca un activo por impuestos cuando se presentan pérdidas fiscales compensables.
El párrafo 12 de la sección 4 del Estándar para Pymes establece que las sociedades por acciones deberán revelar, ya sea en el cuerpo del Estado de Situación Financiera o mediante notas, varios datos importantes acerca del tipo de acciones en que se descompone el capital social y el tipo de reservas que figuren en el patrimonio.
Los estados financieros del año 2016 son los primeros que las Pymes presentarán bajo los nuevos marcos técnicos normativos. Es importante aclarar el procedimiento para la determinación de las utilidades distribuibles.