Las empresas con más de 50 trabajadores permanentes, con riesgo I, II, III, IV o V, y las de 50 o menos trabajadores, con riesgo IV o V, deberán implementar 60 estándares mínimos para proteger la seguridad y salud de sus trabajadores. Esta lista de chequeo hace seguimiento de su cumplimiento.
Las empresas y unidades de producción agropecuria de 11 a 50 trabajadores permanentes, clasificadas con riesgo I, II o III deberán implementar 21 estándares mínimos enfocados en proteger la seguridad y salud del trabajador Esta lista de chequeo le permitirá hacer seguimiento de su cumplimiento.
De acuerdo con la Resolución 0312 de 2019 estos son los estándares mínimos para la implementación del sistema de seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– para empresas, empleadores y contratantes con diez (10) o menos trabajadores, cuya actividad se clasifique en los niveles de riesgo I, II o III.