El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1564 del 25 de septiembre de 2017, mediante el cual define los requisitos para acreditar la exclusión de IVA en los equipos y elementos nacionales o importados que se destinen a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes, establecida en el numeral 7 del artículo 424 del ET; y la exclusión del IVA en la importación de maquinaria o equipo, siempre y cuando dicha maquinaria o equipo no se produzcan en el país, y esté destinada a reciclar y procesar basuras o desperdicios, y la destinada a la depuración o tratamiento de aguas residuales, emisiones atmosféricas o residuos sólidos para recuperación de los ríos o el saneamiento básico para lograr el mejoramiento del medio ambiente, siempre y cuando hagan parte de un programa que se apruebe por el Ministerio del Medio Ambiente, de que trata el literal f) del artículo 428 del ET.