Para el cumplimiento de los compromisos pactados en el acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, fue necesario generar condiciones jurídicas para el desarrollo de proyectos productivos de carácter agropecuario, acuícola, pesquero, y demás, a los que se vincule a las víctimas en el registro único de víctimas, a los beneficiarios del programa de reincorporación y a los beneficiarios del programa relacionado a la sustitución de cultivos ilícitos.
DIAN. El servicio de administración del fondo para la rehabilitación, inversión social y la lucha contra el crimen organizado -FRISCO-, que efectúa la Sociedad de Activos Especiales -SAE-, se encuentra excluido del impuesto sobre las ventas, en los términos del numeral 3 del artículo 476 del Estatuto Tributario.