Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De acuerdo al análisis hecho por el CTCP, el impuesto a la riqueza cumple los criterios para su reconocimiento como un pasivo y debería reconocerse por su valor presente, de acuerdo con los párrafos 45 de la NIC 37 y 27.1 de la NIIF para Pymes. Sin embargo, teniendo en cuenta la importancia de los efectos que se podrían producir para las entidades, el Consejo, como Organismo de Normalización Técnica, por decisión mayoritaria, está de acuerdo con la idea de efectuar una exención de aplicación voluntaria de los marcos técnicos normativos, que sea aplicable a los estados financieros individuales y separados, que permita a las entidades tener la opción de reconocer la totalidad del impuesto a la riqueza directamente con los resultados acumulados y no contra los estados de resultados. Esta apreciación la hace el CTCP porque aun cuando está en contravía de los criterios de reconocimiento de las NIIF y la NIIF para Pymes, permite reconocer la totalidad del pasivo y la baja patrimonial generada por la imposición de dicho impuesto.
Cerca de 50.000 personas y 35.000 empresas pagarían el Impuesto a la Riqueza. Los empresarios afirman que ninguna de las propuestas que sobre este impuesto hicieron fue escuchada, ni la propuesta del Consejo Gremial que buscaba aumentar el impuesto sobre las utilidades; ni la de los dividendos, que quedó para un próximo proyecto.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Una vez analizados los impactos que tendría el impuesto a la riqueza en las entidades del país, contenido en la nueva reforma tributaria (actualmente a la espera de la sanción presidencial), el CTCP como Organismo de Normalización Técnica, por decisión mayoritaria, está de acuerdo con la idea de efectuar una exención de aplicación voluntaria en los marcos técnicos normativos, que sea aplicable a los estados financieros individuales y separados, que permita a la entidades tener la opción de reconocer la totalidad del impuesto a la riqueza directamente conta los resultados acumulados y no contra los resultados.
El proyecto de Ley de reforma tributaria que empieza esta semana a cursar en el Congreso tiene como pilar fundamental el nuevo impuesto a la riqueza con el cual espera recaudar $8 de los $12,5 billones que requiere. Análisis de las expectativas del Gobierno frente a este nuevo impuesto.
Las personas naturales liquidarían el impuesto a la riqueza entre los años 2015 a 2018, mientras que las jurídicas solo lo harían entre los años 2015 a 2017. Además, a las personas naturales se les liquidaría dicho impuesto con tarifas mayores a las que se utilizaran con las jurídicas.
El Ministro Mauricio Cárdenas aseguró que con esta medida se busca proteger aquellas cooperativas y fundaciones que sí operan con un objeto social.
Muchas empresas verían mermada su productividad al tener que asumir nuevas y costosas responsabilidades fiscales lo que haría que se redujeran contratos y beneficios laborales. Se debería concentrar la mayoría del recaudo en una sobretasa al CREE.
El proyecto 134 fue radicado el 3 de octubre de 2014 y la meta es que pueda ser aprobado antes de que finalice el presente año. La propuesta plantea la creación del Impuesto a la Riqueza que se generaría sobre los patrimonios líquidos de enero 1 de 2015, pero se declararía a lo largo de los años 2015 a 2018 acompañado de un Impuesto Complementario de Normalización Tributaria.
En la nueva versión del impuesto a la riqueza que pretenden crear, ¿la tarifa se definiría según la base gravable y no según el patrimonio líquido?
Respuesta del Dr. Diego Guevara, Líder de Investigación Contable y Tributaria de actualicese.co a la pregunta
El proyecto 134 fue radicado el 3 de octubre de 2014 y la meta es que pueda ser aprobado antes de que finalice el presente año. Con solo 28 artículos, la propuesta plantea la creación de un nuevo “Impuesto a la Riqueza” que se generaría sobre los patrimonios líquidos de enero 1 de 2015 pero que se declararía a lo largo de los años 2015 y 2018 acompañado de un “impuesto complementario de Normalización tributaria “ para los contribuyentes que entre 2015 a 2017 declaren sus activos ocultos. También se modificaría la tarifa del CREE y hasta se le crearía una sobretasa.