Seis pasos deben seguir las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas que deban presentar la declaración anual del impuesto a la riqueza para el año 2018, último año de su presentación. Concluido el proceso, deberán actualizar su RUT eliminando la responsabilidad 40 Impuesto a la riqueza.
Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que existían en enero 1 de 2015 con patrimonios líquidos superiores a $1.000.000.000, y siempre que no hayan fallecido y liquidado su sucesión antes de enero 1 de 2018, tendrán que presentar durante el 2018 la última declaración del impuesto a la riqueza.
Si un contribuyente no está obligado a declarar impuesto a la riqueza y desea acogerse a la normalización tributaria, ¿cómo debe liquidar y pagar este impuesto?, ¿qué beneficios puede obtener?
Resuelta 08 de septiembre de 2017
¿Las sucesiones ilíquidas deben pagar el impuesto a la riqueza?
Resuelta 14 de septiembre de 2017
Las personas naturales que a enero 1 de 2015 poseían patrimonios líquidos superiores a 1.000 millones se convirtieron en responsables del impuesto hasta el 2018. Sin embargo, si la persona fallece, o se liquida la sucesión antes de enero 1 de 2018, no se tendrá que liquidar el impuesto de 2018.
La Dian hizo un llamado a los responsables del impuesto a la riqueza para que a partir del 8 y hasta el 21 de septiembre cumplan con el pago de la segunda cuota de esta obligación.
Mediante la Ley 1734 de 2014 se creó el impuesto a la riqueza y su impuesto complementario de normalización tributaria. A continuación, nuestro equipo experto en la materia presentará 8 respuestas clave a preguntas frecuentes sobre el tema.
¿Cuál es el tratamiento bajo los Estándares Internacionales del impuesto a la riqueza en Colombia desde los años 2015- 2016 -2017 en adelante?
¿Los contribuyentes que legalmente no están obligados a presentar la declaración del impuesto a la riqueza lo pueden hacer, qué beneficios trae tal situación?
Resuelta 01 de Junio de 2017
Un comerciante que suspendió sus actividades el año pasado, ¿estaría obligado a declarar impuesto a la riqueza, habiendo cancelado el año pasado, sabiendo que para este año, a razón de su liquidación conyugal, no alcanzaría los topes?
Resuelta 18 de mayo de 2017
Una sociedad que se liquidó a mediados de diciembre de 2016, ¿debe pagar el impuesto a la riqueza para el 1 de enero de 2017?
Resuelta 18 de Mayo de 2017
Si para el año 2016 un contribuyente tiene más de 1000 millones, ¿queda obligado a pagar el impuesto a la riqueza?
Resuelta 11 de mayo de 2017