Desde el 11 de agosto y hasta el 21 de octubre de 2020 las personas naturales (a excepción de los grandes contribuyentes) deberán cumplir con la obligación de declarar el impuesto de renta y complementario.
Para ello deberán seguir las indicaciones de la Ley de financiamiento 1943 de 2018.
La condición de ser o no residente tendrá diferentes consecuencias a la hora de preparar la declaración de renta de una persona natural; entre ellas, el tipo de información que deberá reportarse y el formulario a utilizar.
A continuación, te contamos más aspectos importantes.
Esta herramienta permite contextualizar al usuario acerca de las novedades normativas que deberán considerar los contribuyentes en la liquidación de sus obligaciones tributarias por el período gravable 2019, de acuerdo con la Ley 1943 de 2018.
Conoce más detalles a continuación.
Las personas naturales grandes contribuyentes deben presentar su declaración durante abril de 2019. Las demás tienen plazo para hacerlo entre agosto y octubre de 2019. Madrugar o no a presentar dichas declaraciones es algo que trae ventajas y desventajas.
Por el año gravable 2018 una mujer recibió consignaciones con un valor de 70 millones de pesos por parte de su esposo que se encuentra en Canadá. En ese caso la mujer, ¿quedaría obligada a declarar renta, aunque todos los bienes estén a nombre de su cónyuge? ¿Qué tipo de deducciones podría aplicar si queda obligada