La Dian publicó un proyecto de resolución, con el cual se buscan ajustar las tarifas del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, así como del impuesto nacional al carbono.
Para José Saade, el punto medular del precio de la gasolina pasa por la dudosa contabilidad del déficit que resulta de las diferencias entre precios nacionales e internacionales cubiertas por el FEPC.
El ministro de Hacienda aseguró que antes de finalizar el año el precio llegaría a $16.000.
Mediante la Resolución 000012 de 2023 la Dian ajusta las tarifas del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, así como del impuesto al carbono.
Dian expidió la Resolución 000019 de 2022, mediante la cual se ajustan las tarifas del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, y del impuesto al carbono, las cuales empezarán a regir a partir del 1 de febrero de 2022.
Si no se aprueba el proyecto de ley más de 1.5 billones de pesos anuales, de recaudo, se podrían perder.
Dian expide la Resolución 000007 de enero 29 2021, mediante la cual ajusta las tarifas del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, y del impuesto nacional al carbono.
De acuerdo con dicha resolución, el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM se liquidará a partir del 1 de febrero de 2021, sobre las bases gravables y conforme con las tarifas relacionadas a continuación:
• El impuesto nacional a la gasolina corriente se liquidará a razón de $555,05 por galón, el de gasolina extra a razón de $1.053,47 por galón y el impuesto nacional al ACPM se liquidará a razón de $531,27 por galón. Para los demás productos definidos como gasolina y ACPM de acuerdo con la Ley 1607 de 2012, modificada por la Ley 1819 de 2016, distintos a la gasolina extra, se liquidará a razón de $555,05.
El Ministerio de Hacienda y la Dian, a través de diversas normas, prescribirán los formatos y formularios para que los contribuyentes obligados a declarar cumplan con sus respectivas obligaciones tributarias durante 2021. En este apartado, relacionaremos dichas normas y sus respectivos formularios, durante el año en curso. Resolución 000117 de diciembre 30 de 2020. 220 […]
Hasta el 14 de febrero había plazo para declarar y pagar el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM por el mes de enero.
Por lo anterior, el 12 de febrero la Dian prescribió los formularios 430 “Declaración impuesto nacional a la gasolina y ACPM” y 435 “Declaración del impuesto nacional al carbono”.
El 12 de febrero de 2020 la Dian emitió la Resolución 000013, mediante la cual prescribe los formularios 430 “Declaración impuesto nacional a la gasolina y ACPM” y el 435 “Declaración del impuesto nacional al carbono”, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el año 2020 y siguientes.
Cabe precisar que los responsables del impuesto nacional a la gasolina y ACPM deberán presentar la declaración a través de los servicios informáticos, utilizando el instrumento de firma electrónica –IFE– autorizado por la Dian.
Mediante la Resolución 000009 de 2019, la Dian estipula que a partir de febrero 1 de 2019 el impuesto a la gasolina corriente se liquidará a razón de $546,26 por galón, el de gasolina extra a $1.036,78 por galón y el del ACPM se liquidará a $522,85 por galón.
Para los demás productos definidos como gasolina y ACPM, distintos a la gasolina extra, se liquidaría a $546,26, de acuerdo con la Ley 1607 de 2012, modificada por la Ley 1819 del 2016. En cuanto a la base gravable y tarifa del impuesto al carbono, esta corresponderá a $17.211 por tonelada de CO2, y los valores de la tarifa por unidad variarían según el combustible.
El nuevo artículo 1.6.1.13.2.37 del DUT 1625 de 2016, modificado por el artículo 2 del Decreto de calendario tributario 2345 de 2019, indicó las fechas para la declaración y pago mensual del impuesto a la gasolina y el ACPM. Tenga en cuenta que el 21 de enero de 2020, el Ministerio de Hacienda publicó un proyecto […]
Mediante la Resolución 000009 de 2019, la Dian estipula que a partir de febrero 1 de 2019 el impuesto a la gasolina corriente se liquidará a razón de $526,26 por galón, el de gasolina extra a $998,82 por galón y el del ACPM se liquidaría a $503,71 por galón.
Para los demás productos definidos como gasolina y ACPM, de acuerdo con la Ley 1607 de 2012, modificada por la Ley 1819 del 2016, distintos a la gasolina extra, se liquidaría a $526,26. En cuanto a la base gravable y tarifa del impuesto al carbono, esta corresponderá a $16.422 por tonelada de CO2, y los valores de la tarifa por unidad serían según el combustible.