Dentro del privilegio de las rentas exentas se encuentran los aportes realizados a los fondos voluntarios de pensión, jubilación, invalidez o cesantías. La reforma tributaria (Ley 1819 de 2016) modifica el artículo 126-1 del Estatuto Tributario.
Dentro del privilegio de las rentas exentas se encuentran los aportes realizados a los fondos voluntarios de pensión de jubilación, invalidez o cesantías. La nueva reforma tributaria pretende modificar, mediante su artículo 14, al discutido artículo 126-1 del Estatuto Tributario.