Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: indemnización por perjuicios

Oficio 220-166720 de 01-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 1 agosto, 2017

De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 1258 de 2008, los accionistas deberán ejercer el derecho al voto en el intereses de la compañía, por lo cual se considera normativamente que es abusivo el voto ejercido con el propósito de causar daño a la compañía o a otros accionistas, o de obtener para sí o para un tercero una ventaja injustificada, así como aquel voto que pueda resultar en perjuicio de la compañía para los otros accionistas. Frente a ese evento, el literal e) del numeral 5 del artículo 24 del Código General del Proceso dispone que se podrá interponer ante la Superintendencia de Sociedades la acción de nulidad absoluta y de indemnización de perjuicios a que haya lugar.

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