La Resolución 0638 de Enero 22 de 2009 no sólo aclara los inconvenientes originados con la Resolución 065 de Enero 6 del mismo año dejando por fuera de la obligación de declarar virtualmente a quienes únicamente entregarán el Formato 1002 sino que aprovecha también para incluir en la lista a 5 clases de nuevos obligados a declarar virtualmente desde Marzo de 2009.
El tope de ingresos obtenidos en el año 2007 que obligan a presentar la información por el año 2008 se aumenta de 800 a 1.100 millones y los pagos a terceros durante el 2008 que se deberán detallar en forma indivualizada ya no serán los superiores a $100.000 sino los superiores a $500.000
La exigencia del RUT es un requisito para que todos los costos y gastos gravados con IVA efectuados con personas naturales del régimen simplificado puedan ser deducibles sin importar si los mismos se hayan pagado con caja menor. Por el 2008 la DIAN pedirá a muchos el detalle de los costos o gastos cuando los mismos hayan superado los $100.000.
Con dos de los datos incluídos en los formatos 1001 y 1011, la DIAN podrá verificar el cumplimiento de requisitos que den derecho a la deducción especial por Inversión en Activos Fijos productores de Renta. Una verderara atajada a los goles que le estaban metiendo a la administración tributaria por este concepto.
No existe el respectivo cruce de información para la DIAN, pues el tercero que vendió la maquinaria no habrá generado ese IVA en el mismo año en que el tercero que compró la maquinaria se lo estaría tomando como IVA descontable.