Corte Constitucional expide la Sentencia C-378 de 2020, mediante la cual realiza la revisión automática de constitucionalidad del Decreto Legislativo 772 de 2020, a través del cual se dictan medidas especiales en materia de procesos de insolvencia con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial.
En dicha sentencia, la Corte concluyó que el decreto legislativo analizado cumple, de manera general, con los requisitos formales y materiales exigidos para que las medidas legislativas adoptadas por el Gobierno nacional en el marco de estados de excepción se ajusten al ordenamiento superior. Para adelantar el análisis, la Sala estudió, de manera independiente, la constitucionalidad del artículo 1 y, posteriormente, agrupó las demás medidas en cuatro (4) ejes, así: (i) medidas generales para el acceso y trámite expedito a los procesos, procedimientos y trámites de insolvencia (artículos 2, 3 y 7); (ii) mecanismos o medidas de protección y recuperación (artículos 4, 5 y 6); (iii) medidas de creación para pequeñas insolvencias (artículos 11, 12, 13 y 14); y (iv) medidas complementarias (artículos 8, 9, 10, 15, 16 y 17).
Así pues, la Corte ordenó declarar la exequibilidad del artículo 3 del Decreto Legislativo 772 de 2020, salvo el parágrafo 1 que se condiciona en el entendido de que la disposición de facilidades tecnológicas y apoyo en la secretaría del despacho para el diligenciamiento y radicación de la solicitud y su información y/o radicación en físico de documentos y memoriales aplica para todos los sujetos del concurso.
La Superintendencia de Sociedades realizó una serie de precisiones respecto a la aplicación de los decretos 560 y 772 de 2020, que establecen las medidas especiales para el acceso a procesos de insolvencia en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Conoce estas disposiciones.
Durante los primeros 13 días de agosto, 101 empresas han solicitado la figura de insolvencia empresarial. En julio fueron 134 y en junio 124.
Edgar Humberto Campo hace un recorrido, en #CharlasConActualícese, por la normativa expedida en relación con la insolvencia empresarial a causa de la pandemia.
La normativa estará vigente hasta abril de 2022, y cuenta con herramientas para proteger a las empresas, el empleo y el crédito.
Con ocasión de la contingencia que se presenta en el país por el COVID-19, el Gobierno nacional ha adoptado una serie de medidas transitorias especiales de insolvencia para las empresas que hayan visto sus finanzas gravemente afectadas.
Conozca estas medidas a continuación.
Un proceso de insolvencia busca proteger el crédito, la recuperación y la conservación de la empresa como unidad económica y fuente generadora de empleo.
Conoce las diferencias a tener en cuenta en medio de los mecanismos extraordinarios de salvamento para las empresas expedidos por el COVID-19.
Para Jaime Ramos, se deben tener en cuentas las condiciones de los acuerdos de reorganización empresarial y así cumplir las obligaciones con sus acreedores.
Evitar trámites de insolvencia implica que las compañías inicien negociaciones con sus acreedores para establecer plazos de pagos razonables.
El Decreto Ley 772 de 2020 hace énfasis en procesos de insolvencia para pequeñas empresas cuyos activos sean inferiores o iguales a 5.000 smmlv.
Se busca que estas empresas tengan un proceso de reorganización abreviado y un proceso de liquidación simplificado.
En esta oportunidad se hace énfasis en los procesos de insolvencia para pequeñas empresas cuyos activos sean inferiores o iguales a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Entidad recibió durante los primeros tres meses del año 219 solicitudes de insolvencia, frente a 250 del año anterior. Se espera que los próximos meses se dispare la cifra.
A través del Decreto Ley 650 de 2020 se busca facilitar la preservación de las empresas y el empleo, sin descuidar el crédito.
Cuatro pilares sustentan el decreto. A continuación los describimos.
El Instituto Iberoaméricano de Derecho y Finanzas destaca las medidas para resolver rápidamente casos de insolvencia que incluyen a micro, pequeñas y medianas empresas.
El Banco Mundial resalta que el paquete de reformas legales implementado en Colombia es uno de los más completos a nivel internacional.