Aunque el Impuesto de Registro es establecido y modificado por ordenamientos de tipo nacional es un impuesto de carácter departamental. Este se genera por la inscripción de actos, contratos o negocios jurídicos documentales, en los cuales sean parte o beneficiarios los particulares que deban registrarse en las oficinas de Registros Públicos o en las Cámaras de Comercio.