El artículo 255 del Estatuto Tributario establece que las personas jurídicas que realicen directamente inversiones de control, conservación y mejoramiento del medio ambiente tendrán derecho a descontar de su impuesto de renta el 25 % de las inversiones que hayan realizado en ese ámbito; para ello el ente encargado de la certificación de dichas inversiones es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, este, mediante la Resolución 0509 de 2018 le exige al solicitante radicar ante la entidad ambiental competente la solicitud totalmente diligenciada y soportada con la documentación necesaria (dicha documentación debe ser presentada bajo los requerimientos y parámetros establecidos en la norma). Después de radicada la solicitud, la autoridad ambiental competente, en un plazo inferior a 3 meses, establecerá si otorga o no la respectiva certificación; asimismo, debe precisarse que si el proyecto de inversión es por fases el interesado deberá renovar anualmente la certificación.